La Dirección General de Derechos de los Animales ha promovido el primer Encuentro con asociaciones protectoras de animales en el Congreso de los Diputados el 23 de septiembre de 2021, a las 17:00 horas, para comentar a las mismas, tanto el estado de elaboración como el contenido de la inminente y pionera ley de protección animal estatal.
Encuentro de la Dirección General de Derechos de los Animales y Entidades de Protección Animal. Ley de Bienestar Animal
El jueves 23 de septiembre de 2021 a las 17:00 hs, se realizará el evento denominado «Encuentro con la Dirección General de Derechos de los Animales y las protectoras de animales».
El citado Encuentro será tanto presencial como online .
Se realizará en directo en el Congreso de los Diputados.
Las protectoras de animales que se inscriban podrán acceder a él (sigue leyendo, porque más adelante te indicaré cómo puedes inscribirte).
En este Encuentro la Dirección General de Derechos de los Animales explicará a las protectoras de animales que asistan, como mínimo dos puntos:
- En qué fase está la inminente Ley de Bienestar Animal
- y las novedades que incluirá su texto legal.
¿Cómo inscribirse en el Encuentro del 23 de septiembre entre la Dirección General de Derechos de los Animales y la Entidad de Protección Animal?
Si quieres asistir al citado Encuentro, tienes que saber que solo pueden inscribirse Entidades de Protección Animal y si es tu caso, puedes hacerlo inscribiéndote en el siguiente link
Formulario inscripciones
Cuando rellenes tus datos, ten en cuenta que puedes elegir si quieres asistir de forma presencial o no, de tal forma que sino puedes asistir presencialmente ese día, puedas hacerlo online.
Dirección General de Derechos de los Animales y sus competencias
¿Qué es la Dirección General de Derechos de los Animales?
¿Qué competencias tiene la Dirección General de Derechos de los Animales?
Si quieres saber más info sobre la Dirección General de Derechos de los Animales y cuáles son sus competencias puedes leer el contenido de este apartado.
La Dirección General de Derechos de los Animales es una figura política que se creó en el primer trimestre del año 2020, mediante el Real Decreto 452/2020, de 10 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.
La Dirección General de Derechos de los Animales está adscrita a la Vicepresidencia Segunda del Gobierno y al citado Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.
El artículo 10 del citado Real Decreto 452/2020 establece que las competencias de la Dirección General de Derechos de los Animales son las siguientes:
«Artículo 10. Dirección General de Derechos de los Animales.
Sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros departamentos, corresponde a la Dirección General de Derechos de los Animales, en el ámbito de las competencias constitucionalmente reservadas al Estado y en cooperación y coordinación con las comunidades autónomas, las siguientes funciones:
a) La formulación de las políticas del Departamento en materia de protección de los derechos de los animales.
b) El impulso de todas las medidas necesarias para incluir la protección de los derechos de los animales en el ordenamiento jurídico actual.
c) El desarrollo de las medidas de difusión necesarias para que la sociedad conozca y respete los derechos de los animales y su protección.
d) La coordinación tanto con las comunidades autónomas y entidades locales, Fiscalía General del Estado, administraciones públicas y el resto de entes del sector público estatal, como con los agentes sociales para que se reconozcan y se respeten los derechos de los animales y su protección.
e) La cooperación con las restantes entidades públicas y privadas, nacionales e internacionales, en materia de derechos de los animales y su protección, sin perjuicio de las funciones de dirección y coordinación de la Subsecretaría del Departamento en el ámbito de la cooperación internacional.»
Sergio García Torres. De Activista a Director General de Derechos de los Animales
El 29 de enero de 2020 se nombró a Sergio García Torres Director General de Derechos de los Animales mediante el Real Decreto 206/2020, de 29 de enero.
Mientras escribo este post, estoy recordando el día que conocí a Sergio, antes de ser nombrado en el cargo de Director General de Derechos de los Animales.
De ese hecho, hace ya varios años.
El evento se realizó en Madrid, no recuerdo bien si fue un sábado o un domingo, pero sí recuerdo que fue en el año 2015, porque aún no se había aprobado la Ley actual de protección animal de Madrid, que es del año 2016.
Al citado encuentro acudimos abogados/as, veterinarios/as, protectoras y activistas de distintas ciudades de España con un objetivo común, el de construir un lugar mejor para los animales dentro de todo el territorio español.
Por este motivo, y con mucha ilusión, los que éramos de fuera nos pagamos nuestros gastos, de alojamiento, comida y desplazamiento.
Estando allí, recuerdo que Sergio un activista de la protección animal de Madrid (ahora Director General de Derechos de los Animales) se me acercó y me preguntó por algunos temas, para ver si era viable su inclusión, para proteger al máximo a los animales, en la que sería la futura ley de protección animal autonómica de Madrid (que es la actual Ley 4/2016 de protección animal).
Recuerdo que me llamó mucho la atención los temas que me comentó, porque a pesar de no ser abogado, ni jurista, iba muy bien encaminado.
Años más tarde, coincidimos ambos como ponentes, en diferentes eventos de protección animal en Madrid y en Murcia de forma presencial antes de que fuera el Director General de Derechos de los Animales.
Y recientemente hemos vuelto a coincidir como ponentes, ocupando ya Sergio el cargo de Director General de Derechos de los Animales, en varias Jornadas de Protección Animal y de Protección Felina que se realizaron online en Castellón, Murcia, Galicia, entre otros sitios.
Sin lugar a dudas, Sergio es un Director por vocación en su cargo político y me consta que está haciendo muchísimo por transformar la vida de los animales en este país.
El trabajo de la Dirección General de Derechos de los Animales
El papel de esta Dirección General de Derechos de los Animales ha sido muy importante durante el período de confinamiento y de toques de queda por el dichoso coronavirus, Covid19, para que se pudiera atender legalmente a los animales ubicados en protectoras, segundas residencias u otros inmuebles de particulares, así como para atender y cuidar a los gatos de las colonias felinas que viven en libertad.
Sobre este tema puedes leer varios artículos publicados en este blog del IPA y también en el de Deanimals que redacté durante el estado de alarma por Covid19.
«Los derechos de los animales durante el Estado de Alarma por el coronavirus» publicado en el Blog de DeAnimals.
«Declaración responsable» publicado en el Blog del IPA.
Por otro lado, la citada Dirección General de Derechos de los Animales está trabajando, entre otros temas, en los siguientes:
- La futura reforma del código penal. Más info en el post publicado en el Blog de DeAnimals titulado «Propuesta Jurídica para la reforma del delito de maltrato animal y de abandono en el código penal«.
- La inminente reforma del Código Civil y otras normas de ámbito civil. Más detalles en el post publicado en el Blog del IPA denominado «La inminente reforma del código civil y su implicación para los animales de compañía«.
- La creación de varios registros estatales sobre animales domésticos de compañía, conocido como SERPA, si quieres saber más sobre este registro puedes leer este post que está publicado en el Blog de DeAnimals titulado «Registros de Protección Animal (SERPA) a Consulta Pública«y
- en la creación de una primera ley de ámbito estatal que proteja a los animales y domésticos de compañía inclusive las colonia felinas. Puedes leer más en el post que aparece en el Blog de DeAnimales con la siguiente referencia «Ley de Bienestar Animal a Consulta Pública«
La necesidad de una Ley de Bienestar Animal Estatal que regule los animales domésticos de compañía
En España no existe a día de hoy una ley administrativa de ámbito estatal que proteja a los animales domésticos de compañía ni a las colonias felinas.
Cada una de las diecisiete Comunidades Autónomas que existen en España tiene su propia ley autonómica de protección animal, aparte de las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla también tienen su propia normativa.
Puedes leer más sobre este tema también en el post que escribí en el Blog de DeAnimals titulado «Las primeras leyes autonómicas de protección animal«
La citada Dirección General de Derechos de los Animales lleva trabajando en este tema desde finales del año 2020, para crear por fin una ley administrativa de protección animal de carácter estatal que proteja a los animales domésticos de compañía inclusive a las colonias felinas.
A día de hoy, solo algunas Comunidades Autónomas de España contemplan el no sacrificio de animales abandonados o extraviados recogidos por los servicios municipales (principalmente empresas no éticas) y la regulación del control poblacional ético de los gatos que viven en la calle, formando colonias felinas.
Frente a otras leyes autonómicas que estan en vigor, a diía de hoy, y que permiten el sacrificio “legal” de estos pobres animales.
Las víctimas de estas obsoletas leyes autonómica de protección animal son principalmente perros y gatos.
Perros y gatos que tienen o tuvieron la desgracia de haber sido abandonados, extraviados, maltratados, etc.
Y que no tuvieron la suerte de ser acogidos por una casa de acogida, o de ser adoptados o recuperados por sus responsables, en un determinado lapso de tiempo.
Las leyes autonómicas que permiten el sacrificio de perros y gatos en tales circunstancias, recogen un lapso de tiempo no superior a los 20 días.
¡ Un disparate¡ que esto se permita legalmente en algunas Comunidades Autónomas, en el contexto social, jurídico, político y cronológico actual.
De ahí, la importancia de la futura Ley Estatal de Protección Animal que está promoviendo la citada Dirección General de Derechos de los Animales que tiene entre sus puntos rojos, acabar con este «Sacrificio Legal» de animales domésticos de compañía extraviados, abandonados, etc.
Por ello, si quieres saber más sobre esta ley, no dudes en inscribirte al citado evento con la Dirección General de Derechos de los Animales.
Confirmación de Inscripciones
Nota Importante:
Este post es mera informativo.
La tramitación de las inscripciones y las confirmaciones a las mismas, no las tramitamos en DeAnimals.
Se hace a través de este Formulario inscripciones
Las respuestas y confirmaciones al respecto, las tienen que hacer desde ahí, es decir, desde la citada Dirección General.
Puedes ver más info en el Facebook de la Dirección General de Derechos delos Animales
https://www.facebook.com/AnimalesGob
Si no te responden a tu petición de inscripción, puedes contactar con la citada Dirección, a través de su Facebook oficial o a través de cualquier otro medio de contacto que localices.
Mucha suerte con la inscripción.
Cuéntanos si asistes, ¿qué te ha parecido este Encuentro con la Dirección General de Derechos de los Animales?
Si asistes a este Encuentro con la Dirección General de Derechos de los Animales puedes contactarnos a través del email ipa@institutodeproteccionanimal.com para comentarnos tus impresiones, tu experiencia y lo que has aprendido en este Encuentro.