En este post titulado Obligaciones de la Gestora y del Gestor de Colonias Felinas en la Gestión ética de Colonias Felinas te voy a explicar cuáles son las Obligaciones y Deberes que tienen las personas que gestionan colonias felinas, según la Ley 45/2015 que regula el voluntariado en España.
La gestión ética de Colonias Felinas implica por un lado, una serie de Derechos para las gestoras de colonias felinas.
(Me voy a referir en femenino a las personas que gestionan colonias felinas, en este post, porque la mayoría son mujeres).
Y también una serie de Obligaciones.
En un artículo titulado los Derechos Básicos de los Gestoras de Colonias Felinas analicé cuáles son los DERECHOS DE LAS GESTORAS de las colonias felinas.
En el vídeo «Derechos básicos de las Gestoras de Colonias Felinas» explico con más detalle el contenido del artículo que puedes leer a continuación.
Obligaciones y Deberes de las Gestoras en una gestión ética de Colonias Felinas
Las Obligaciones y Deberes de las Gestoras de Colonias Felinas se regulan principalmente en la Ley 45/2015 de Voluntariado en su artículo 11.
Porque las personas que gestionan colonias felinas realizan una labor de voluntariado social.
Ya que se hacen cargo de gatos comunitarios que no son suyos, si no que son responsabilidad de los Ayuntamientos donde estos gatos residen.
¿Dónde se regulan las Obligaciones y Deberes de las gestoras de colonias felinas?
En la Ley 45/2015 de Voluntariado en su artículo 11.
Esta ley es de ámbito estatal.
Y ojo porque no solo hay que tener en cuenta esa norma, si no también otras, que te cito a continuación:
- Leyes autonómicas de cada Comunidad Autónoma que desarrollan el contenido de la citada Ley estatal (Ley 45/2015).
- Normativa municipal de cada Ayuntamiento, si la hubiere (ordenanza, decreto, bando, convenio, programa municipal, etc).
- Y otras normas, citadas en el artículo que escribí en el IPA sobre Derechos básicos de los Gestores/as de Colonias Felinas.
Principales Obligaciones de las Gestoras de las Colonias Felinas. 13 Obligaciones
A continuación te voy a enumerar trece obligaciones que una persona que gestiona colonias felinas tiene que cumplir, según mi interpretación de varios artículos de la Ley 45/2015 junto con mi experiencia como asesora jurídica y como docente en esta materia.
Trece obligaciones para las personas que gestionan colonias felinas
Comenzamos.
- Cumplir con su compromiso. Por ejemplo, alimentar y/o capturar y/o llevar al veterinario/a gatos de la colonia y/o rellenar documentación de los gatos comunitarios, etc.
- Participar en la formación. Por ejemplo, asistir a la formación impartida de forma puntual y/o periódica sobre esta materia.
- Realizar una Declaración Responsable en la que declare, por ejemplo, no tener antecedentes penales por delitos relacionados con animales. Ni tener sanciones administrativas por la comisión de infracciones administrativas por maltrato, abandono, acumulación de animales, etc. (Generalmente se tratará de rellenar una plantilla del Ayuntamiento.) En el caso de que la gestora, sea solo voluntaria de una asociación (y no sea voluntaria del programa municipal que contempla el CER), tiene que saber que la asociación le puede pedir un Certificado Negativo de Antecedentes Penales para hacerse socio-a/voluntario-a de la misma.
- Colaborar con el Ayuntamiento. Por ejemplo, en campañas de concienciación, charlas o jornadas, construcción y/o ubicación de casetas,etc. Un magnífico ejemplo, sería la protectora de Yecla Soy Su Voz.
- Realizar buenas prácticas higiénico-sanitarias cuando se alimenta, desparasita, captura, traslada y/o se atiende a un gato comunitario de una colonia felina.
- Realizar captura ética (causando el menor estrés, tapando la jaula y llevando al gato, lo antes posible al veterinario y retornarlo a la colonia cuanto antes).
- Avisar si no puede realizar sus tareas.
- Cumplir con la protección de datos.
- Utilizar la acreditación.
- Rechazar cualquier contraprestación.
- Seguir las instrucciones del programa municipal.
- Respetar y cuidar los materiales que le faciliten.
- Otras obligaciones. Por ejemplo, rellenar las fichas de control individual de cada gato comunitario, realizar mapeo municipal de colonias, hacer una memoria de las actividades, etc.
Artículo 11 de la Ley 45/2015 regula los Deberes de los Voluntarias. Las gestoras de colonias felinas son personal voluntariado
El artículo 11 de la Ley 45/2015 dice textualmente.
«Deberes de los voluntarios.
Los voluntarios están obligados a:
a) Cumplir los compromisos adquiridos con las entidades de voluntariado en las que se integren, reflejados en el acuerdo de incorporación, respetando los fines y estatutos de las mismas.
b) Guardar la debida confidencialidad de la información recibida y conocida en el desarrollo de su acción voluntaria.
c) Rechazar cualquier contraprestación material o económica que pudieran recibir bien de las personas destinatarias de la acción voluntaria, bien de otras personas relacionadas con su acción voluntaria.
d) Respetar los derechos de las personas destinatarias de la acción voluntaria en los términos previstos en el artículo 16.
e) Actuar con la diligencia debida y de forma solidaria.
f) Participar en las tareas formativas previstas por la entidad de voluntariado para las actividades y funciones confiadas, así como en las que con carácter permanente se precisen para mantener la calidad de los servicios que presten.
g) Seguir las instrucciones de la entidad de voluntariado que tengan relación con el desarrollo de las actividades encomendadas.
h) Utilizar debidamente la acreditación personal y los distintivos de la entidad de voluntariado.
i) Respetar y cuidar los recursos materiales que ponga a su disposición la entidad de voluntariado.
j) Cumplir las medidas de seguridad y salud existentes en la entidad de voluntariado.
k) Observar las normas sobre protección y tratamiento de datos de carácter personal de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, y demás normativa de aplicación.»
Interpretación del artículo 11 de la Ley 45/2015. Obligaciones de la Gestora de Colonias Felinas
Las 13 obligaciones que he comentado que tienen las Gestoras de Colonias Felinas s fruto de mi interpretación jurídica de varios artículos de la Ley 45/2015, que te menciono a continuación:
- Introducción
- 3,
- 6,
- 10,
- 11 y
- 12
+ el contenido de las normas jurídicas citadas en el post Los derechos básicos de los gestores/as de colonias felinas cuyo contenido se explica con todo lujo de detalle en el curso sobre Gestoras/es de Colonias Felinas.
+ el artículo 3.1 del código civil que dice que las normas deben ser interpretadas según el sentido de sus propias palabras, el contexto social y legislativo actual.
+ mi experiencia como docente, jurista y abogada especializada en derecho animal.
Conclusión
Las personas que gestionan ética y correctamente Colonias Felinas no siempre tienen reconocidos sus Derechos.
No obstante, muchas de estas personas que gestionan colonias felinas se autoimponen todas o la mayoría de las 13 Obligaciones citadas en este post
velando en todo momento por el bienestar de los gatos.
La mayoría de las gestoras de colonias felinas están asumiendo unos gastos elevados que no les corresponden.
Los gastos que asumen las personas que gestionan colonias felinas son muy diversos, en función de cada caso, una persona que gestiona colonias felinas puede asumir todos, o alguno de los gastos siguientes:
- Pienso.
- Esterilizaciones (veterinario/a)
- Desparasitaciones internas y/o externas.
- Asistencias veterinarias en casos de gatos heridos, atropellados y/o enfermos.
- Gasolina para desplazarse a alimentar y poner agua, así como para limpiar en la zona de la colonia felina.
- Gasolina para ir a capturar y trasladar al veterinario.
- Etc
Muchas personas que gestionan colonias felinas han decidido formase en el IPA para conocer los límites de sus deberes y obligaciones
De ahí, que muchas de las personas que hacen correctamente una gestión ética de colonias felinas hayan decidido dar un paso más, formándose, a través de los cursos del IPA.
Especialmente porque
- no reciben formación de su Ayuntamiento o
- la formación impartida o proporcionada por su Ayuntamiento es bastante limitada.
El ejemplo de una gestión ética de una colonia felina no reconocida por su Ayuntamiento. Colonia Los Africa (gestora María) en Cádiz
Veáse el ejemplo, de la colonia los Africa en Cádiz, en el que su gestora principal María no para de formarse.
Puedes ver la colonia felina Los Africa en un dique de Cádiz en un precioso vídeo que hicieron explicando la procedencia de los gatos comunitarios, y donde verás a un montón de panteritas felinas domésticas.
En la colonia Los Africa sus gatetes son la mayoría negritos.
Mira qué chula es esta colonia y qué pedazo gestión ética está llevando a cabo su gestora María de Cádiz.
Vídeo de youtube Colonia Felina «Los África».
Fíjate cuando veas este vídeo en:
- El estado de higiene de toda la zona de la colonia,
- el aspecto sano de sus gatos y
- el control poblacional de los mismo.
María, la gestora de esta colonia, no tiene ayuda económica de su Ayuntamiento.
La gestión de María en la colonia Los Africa (Cádiz) es un EJEMPLO de
- una gestión ética
- una colonia controlada
- una colonia en buenas condiciones higiénico-sanitarias,
- una colonia felina sin el debido reconocimiento municipal a su gestora (voluntaria)
- una colonia felina no reconocida por el Ayuntamiento.
Su caso se analiza en más detalle en el Curso online para gestoras/es de colonias felinas
La excepción, en la gestión de las colonias felinas, son las personas que no cuidan bien las colonias felinas
Las personas que realizan una mala gestión en las colonias felinas es la excepción.
Ya que en la práctica suele haber, como en todas las profesiones y en todos los voluntariados, personas que no hacen bien su labor.
Dentro de esta excepción, podemos encontrarnos con personas que alimentan a los gatos comunitarios con restos de comida humana, que generan suciedad e insalubridad, que discuten con vecinos/as sobre los gatos, etc.
Estas personas suelen ser la excepción.
Si bien, muchas de ellas, pueden ser reconducidas hacia una buena gestión, con un programa municipal para implementar el Método CER.
En especial, si desde la Administración ,se opta por hacerlas partícipes, se las escucha y se las forma en buenas prácticas higiénico-sanitarias.
No obstante, las gestoras que no cumplen con las citadas Obligaciones suelen poner en riesgo la viabilidad de un Proyecto CER en su respectivo municipio.
De ahí, que gestoras éticas que cumplen con sus respectivas Obligaciones estén de acuerdo en dejar fuera de la gestión a toda aquella persona, que haga daño de forma directa o indirecta, con una mala gestión, a los gatos de las colonias.
GRACIAS
Quiero dar las GRACIAS a todas las personas que «veis» a los gatos de colonia, en situaciones vulnerables (heridos, atropellados, enfermos y/o hambrientos) y los atendéis en lugar de mirar a otro lado.
A pesar del coste emocional y económico que ello conlleva.
Gracias a las veterinarias/os que los atendéis con precios especiales.
Gracias a las abogadas especializadas en derecho animal que los defendéis en los juzgados, tanto a los gatos comunitarios como a las gestoras y gestores de las colonias felinas.
Gracias también al personal de la Administración que se forma y/o trabaja en esta materia para el impulsar el cambio institucional que es preciso para mejorar la situación de los gatos de colonia y de las personas que los cuidan de forma ética.
Gracias a ti por compartir este post.
Gracias especiales a ti, de nuevo, si en tu caso, te estás formando en el IPA ya y/o si te animas a formarte.
Y gracias super especiales a mis amores felinos, tanto los de casa como los de mis colonias, que me impulsaron a dedicarme a ayudar a fomarse a las personas que se preocupan y ocupan de las colonias felinas. ¡¡ Gracias Tico, Osito, Orange, Cantarina, Ope, Raspi, Mori, Ico, SOS, Rally, Swetiqui, …¡¡